La finalidad de estas subvenciones es incentivar y promover la realización de proyectos de innovación tecnológica orientados a la transformación tecnológica, digital o verde de la empresa catalana, conforme a las disposiciones del Programa FEDER de Catalunya 2021-2027.
Beneficiarios
Pueden ser beneficiarias de estas subvenciones las pequeñas y medianas empresas que tengan establecimiento operativo en Cataluña y, al menos, dos años de vida a fecha de la solicitud de la subvención, contados a partir de la fecha de constitución de la empresa.
Actuaciones y gastos subvencionables
Se consideran subvencionables los proyectos de innovación tecnológica de carácter aplicado cercanos al mercado con riesgo tecnológico medio/bajo que fomenten la transformación tecnológica, digital o verde de las empresas consiguiendo la mejora de su competitividad mediante la incorporación de tecnologías avanzadas.
El gasto subvencionable aceptado del proyecto debe ser de al menos 100.000 euros en el momento del otorgamiento de la subvención.
Se consideran subvencionables los siguientes gastos:
- Gastos de colaboraciones externas y subcontrataciones:
- Servicios especializados de ingeniería o diseño.
- Servicios de ensayos y pruebas de laboratorio.
(Los gastos de la partida de colaboraciones externas y subcontratación no podrá superar el 70% del total del gasto subvencionable aceptado)
- Adquisición de equipamiento por parte de la empresa que realiza el proyecto. Únicamente se consideran subvencionables los nuevos activos fijos necesarios para la ejecución del proyecto.
- Otros gastos de adquisición de software o licencias de uso de software necesario para la realización del proyecto.
- De acuerdo con lo especificado en el artículo 55.1 del Reglamento (UE) núm. 2021/1060 se utiliza un sistema de costes simplificados y se aplicará un tipo fijo de un 20% de los gastos directos del proyecto para cubrir los gastos de personal del proyecto.
Cuantía de la ayuda
La intensidad de la ayuda será de un máximo del 40% del gasto subvencionable aceptado.
El gasto mínimo, realizado y correctamente justificado, de la actividad objeto de la ayuda exigible para poder considerar cumplido el objeto y la finalidad de la ayuda es de un 60% del gasto subvencionable aprobado por resolución.
Características
- Régimen de concesión: Las subvenciones se concederán en régimen de concurrencia competitiva.
- Criterios de evaluación: Los proyectos serán evaluados en función de su calidad científica, viabilidad técnica, impacto esperado y capacidad de transferencia de resultados.
- Los proyectos se tendrán que iniciar a partir de la fecha de presentación de la solicitud de subvención y tendrán que finalizar en un máximo de 21 meses desde la fecha de presentación de la solicitud.
- Las actividades objeto de subvención tendrán que llevarse a cabo en Cataluña.
Plazo
Se podrán solicitar desde las 09:00 horas del 23/05/2025 hasta las 14:00 horas del 22/07/2025.

