Subvencions.

 

Programa ARREL de apoyo al comercio rural

Jun 4, 2026

El programa ARREL  apoya la puesta en marcha, mantenimiento y consolidación de establecimientos comerciales y de servicios, con el objetivo de garantizar el acceso a servicios comerciales básicos y reforzar la vida comunitaria en los municipios rurales de Cataluña.

BENEFICIARIOS

  • Entes locales de municipios rurales y entidades del sector público
  • Personas físicas o jurídicas que gestionen establecimientos promovidos por entes locales
  • Empresas y personas trabajadoras autónomas titulares de establecimientos comerciales ubicados en municipios rurales

Listado de municipios rurales

ÁMBITOS DE ACTUACIÓN

El programa se estructura en tres ámbitos: 

  • Ámbito 1. Establecimientos promovidos por entes locales (inversión): Apoyo a la puesta en marcha, adecuación, ampliación o equipamiento de establecimientos de titularidad pública.
  • Ámbito 2. Establecimientos promovidos por entes locales (funcionamiento): Apoyo a los gastos de explotación y mantenimiento de establecimientos que prestan servicios de proximidad.
  • Ámbito 3. Establecimientos de iniciativa privada: Apoyo a la mejora, modernización y continuidad de establecimientos comerciales y servicios privados.

GASTOS SUBVENCIONABLES

Ámbito 1. Apoyo a la puesta en marcha, mejora y/o equipamiento en establecimientos comerciales promovidos por entes locales

  • Reformas del local (habilitación de espacios, creación de espacios polivalentes para la vida comunitaria, mejora de los almacenes, accesibilidad, climatización, instalaciones eléctricas, etc.).
  • Adquisición de rótulos, marquesinas y otros elementos fijos.
  • Reparación, reposición o adecuación de elementos existentes con carácter de inversión.
  • Adquisición de equipamientos para el incremento de servicios como un horno de pan, punto de recogida de productos, servicio de venta de butano u otros equipamientos de naturaleza análoga.
  • Maquinaria y equipos de refrigeración, terminales de venta (TPV), equipo informático fijo, software o licencias de adquisición, electrodomésticos, básculas y similares.
  • Adquisición de vehículos de propiedad, siempre que queden afectos de forma exclusiva y permanente a la actividad del proyecto subvencionado en el mundo rural y que tengan una clasificación ambiental B, C, ECO o Cero emisiones según la Dirección General de Tráfico.
  • Sistemas de seguridad y control, incluidos sistemas de alarma, videovigilancia y control de accesos, vinculados directamente a la actividad comercial.
  • Inversiones en prevención de riesgos laborales y de seguridad de la actividad.

Es necesario que todas las inversiones forma agregada integren una inversión mínima superior a 2.000 euros.

Ámbito 2. Apoyo al funcionamiento de establecimientos comerciales promovidos por entes locales

  • Cuotas del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), hasta un máximo de 1.500 euros.
  • Gastos de personal contratado vinculados directamente a la explotación del establecimiento, hasta un máximo de 1.500 euros.
  • Gastos de consumo energético (electricidad, gas, suministro de agua y/o combustible directamente relacionados con la actividad comercial del establecimiento), hasta un máximo de 1.000 euros.
  • Gastos de servicios de telecomunicaciones.
  • Creación y mantenimiento de web, comercio online, contenidos digitales, campañas de marketing digital, mantenimiento de programas informáticos y servicios de digitalización del punto de venta.
  • Gastos de gestoría, asesoría (fiscal, laboral y contable) y seguros relacionados directamente con la actividad económica del establecimiento.

Ámbito 3. Apoyo a la puesta en marcha, mejora y/o equipamiento en establecimientos comerciales de iniciativa privada

Son gastos subvencionables las mismas tipologías de gastos de inversión previstas en el Ámbito 1, siempre que estén asociadas a las actuaciones subvencionables definidas para este ámbito.

Además, son subvencionables los gastos propios de la compra y/o arrendamiento del local, siempre que hayan tenido lugar en el período de ejecución establecido.

CUANTÍA

  • Ámbito 1: hasta el 80% de la inversión subvencionable con un máximo de 18.000€.
  • Ámbitos 2 y 3: hasta el 50% del gasto subvencionable con un máximo de 5.000€.

CARACTERÍSTICAS

  • Estas ayudas pueden acumularse a otras subvenciones o ayudas públicas y/o privadas, nacionales o internacionales.
  • Procedimiento de concesión: Concurrencia competitiva.
  • Plazo de ejecución: Pendiente de convocatoria.

PLAZO

El plazo de presentación de solicitudes comienza el 12/06/2026 a las 9:00h y finaliza el 13/07/2026 a las 14:00h.

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