Subvenciones con el objetivo de apoyar los proyectos de reindustrialización y mantenimiento de actividad industrial en situación de dificultad en Cataluña. Concretamente cada subvención va destinada a:
- Subvencionar proyectos de reindustrialización que contribuyan a volver a poner en marcha o continuar la actividad de centros productivos objeto de un cierre o deslocalización.
- Subvencionar el mantenimiento de actividades industriales en situación de dificultad.
BENEFICIARIOS
Empresas industriales con código de clasificación catalana de actividad económica 10, 11 o del 13 al 32 ambos incluidos y 38 que tengan sede social u operativa en Cataluña, o bien que sean de nueva implantación en Cataluña.
REQUISITOS ESPECÍFICOS
- Disponer de la financiación cerrada del proyecto al menos en un 50% ya sea con recursos propios, financiación bancaria formalizada, o aportaciones de capital de terceros. Se deberá documentar en la memoria presentada, con documentos que acrediten la disponibilidad de estos fondos y la adecuación de los mismos a la finalidad del proyecto de inversión.
- Presentar un plan de negocio que soporte con los flujos de caja la viabilidad de la operación, así como un plan de inversiones necesarias, en su caso, para los próximos tres años con el fin de consolidar la inversión inicial. El plan de negocio incorporará también a los principales clientes, proveedores y competidores del proyecto para que se pueda valorar su viabilidad.
- Para las ayudas a proyectos de reindustrialización que contribuyan a volver a poner en marcha o continuar la actividad de centros productivos objeto de un cierre o deslocalización definidos, será necesario que se acredite, en su caso, el acuerdo de reindustrialización o documento de expresión de interés vinculante entre la empresa que cierra la actividad, y el nuevo inversor, en el nuevo inversor, inmobiliarios, cesión de carga productiva por un período delimitado, contratación de personal indicando calendario, perfil y condiciones laborales, así como transferencia de tecnología y/o propiedad intelectual y fecha de vigencia de la oferta.
- Para las ayudas en el mantenimiento de actividades industriales en situación de dificultad, será necesario que se acredite la comunicación en situación de dificultad en el portal de canal empresa tal y como se ha definido en la mencionada base y deberá aportarse con la solicitud la oferta vinculante en primer término, y dentro del período de ejecución deberá materializarse mediante resolución del juzgado mercantil y/o.
- Las condiciones de la contratación laboral se ajustarán al menos a lo que establezca el convenio colectivo de referencia del sector de la actividad subvencionada de la empresa beneficiaria. En cualquier caso, las condiciones salariales pactadas en el marco de los expedientes de regulación de empleo de los que pueda derivar un proyecto de reindustrialización en relación al cierre de una planta no vinculan al nuevo inversor a efectos de esta subvención.
PROYECTOS DE REINDUSTRIALIZACIÓN
- Para proyectos de cierre o deslocalización iniciados durante los dos últimos años:
- Debe haber un expediente de regulación de empleo presentado por la empresa que cierra,
- En el acuerdo del expediente de regulación de empleo entre la empresa afectada por el cierre y las personas representantes de las personas trabajadoras de la empresa debe recogerse la voluntad de trabajar por la reindutrialización de las instalaciones y el mantenimiento del mayor número posible de puestos de trabajo mediante la búsqueda activa de un nuevo proyecto.
- Se debe constituir una comisión, mesa o grupo de trabajo para la reindustrialización integrada al menos por personas representantes de la empresa objeto del cierre o deslocalización, la Generalidad de Cataluña, el Ayuntamiento o ayuntamientos afectados y por las personas representantes de las personas trabajadoras de la empresa afectada por el cierre o la deslocalización.
- Que en el proceso de cierre de la actividad se afecte a un mínimo de 100 puestos de trabajo oa la totalidad del personal de la empresa afectada siempre que se llegue a un mínimo de 50 puestos de trabajo.
- Para proyectos de cierre o deslocalización anteriores, donde las instalaciones han quedado cerradas y los puestos de trabajo despedidos en el procedimiento de regulación de empleo se podrán aceptar proyectos que impliquen la adecuación y puesta en funcionamiento de las instalaciones por parte de la persona solicitante siempre y cuando se cumplan las siguientes condiciones:
- Se hubiera presentado un expediente de regulación de empleo por la empresa que cerraba.
- Que en el proceso de cierre de la actividad hubiera afectado a un mínimo de 50 puestos de trabajo.
- Que el Ayuntamiento haya concedido en el momento de presentar la solicitud de subvención la compatibilidad urbanística con los usos previstos por la nueva actividad.
Los proyectos de reindustrialización tendrán que mantener o recuperar un mínimo de 25 puestos de trabajo.
Cuantía: La subvención podrá ser de hasta un máximo de 2.250.000 euros.
Plazo de ejecución: desde los 3 meses anteriores a la presentación de la solicitud y hasta un máximo de los 24 meses posteriores a contar desde la fecha de presentación de la solicitud de ayuda.
Tipología de proyectos subvencionables:
- La inversión en activos fijos del establecimiento productivo objeto del cierre. Los activos fijos subvencionables deberán incluirse en el activo de la empresa y permanecer en el establecimiento al menos durante 5 años desde la fecha de finalización del proyecto, no pudiendo la empresa beneficiaria aplicar en el indicado período ninguna medida que suponga el cese de la actividad.
- La contratación de los puestos de trabajo afectados por el proyecto de reindustrialización que tendrán que mantenerse al menos durante tres años desde su contratación.
MANTENIMIENTO DE LA ACTIVIDAD INDUSTRIAL EN SITUACIÓN DE DIFICULTAD
- Se subvencionarán los proyectos de adquisición de empresas industriales en concurso de acreedores o en situación de dificultad y que en ambos casos.
- Hagan comunicado esta circunstancia al Departamento con anterioridad a la finalización del período de presentación de solicitudes.
- Será necesario que esta comunicación se realice al menos un mes antes de que se adjudique la unidad productiva a la empresa solicitante de la subvención cuando sea consecuencia de un proceso concursal o de la compraventa en escritura pública de la transmisión empresarial de la unidad en situación de dificultad.
- Deberán mantener un mínimo de 10 puestos de trabajo o al menos el 50% de los puestos de trabajo afectados y susceptibles de ser incorporados en la actividad industrial de la beneficiaria.
Por centros productivos se entienden todos aquellos que desarrollen proyectos industriales que tengan un CCAE 10, 11 o del 13 a 32 ambos incluidos, y 38.
Cuantía: La subvención podrá ser de hasta un máximo de 350.000 euros .
Plazo de ejecución: desde los 3 meses anteriores a la presentación de la solicitud y hasta un máximo de los 24 meses posteriores a contar desde la fecha de presentación de la solicitud de ayuda.
Tipología de proyectos subvencionables:
- La adquisición de los activos fijos productivos de la unidad productiva en situación de dificultad que deberán mantenerse al menos 5 años desde su adquisición.
- La subrogación de los puestos de trabajo de la unidad productiva en situación concursal o situación de dificultad que tendrán que mantenerse al menos durante tres años desde su contratación
PLAZO
El plazo para solicitar la subvención va del 7 de octubre de 2026, a las 09:00 h., hasta el 7 de octubre de 2027, a las 14:00 h.

