Apoyo a proyectos de carácter aplicado, muy próximos al mercado, con riesgo tecnológico medio/bajo y cortos períodos de recuperación de la inversión, que logren mejorar la competitividad de la empresa mediante la incorporación de tecnologías emergentes en el sector.
BENEFICIARIOS
- Empresas que estén válidamente constituidas, tengan personalidad jurídica propia y domicilio fiscal en España y desarrollen el proyecto de innovación en España.
- Asociaciones y fundaciones siempre que ejerzan una actividad económica de forma regular, y estén dadas de alta en el IAE con al menos 2 años de anterior a la fecha de solicitud.
- Efecto incentivador: Antes de empezar a trabajar en el proyecto, el beneficiario debe haber presentado por escrito su solicitud de ayuda al CDTI.
TIPO DE PROYECTO
Los proyectos de innovación tecnológica contemplan los siguientes tipos de actividades:
- Incorporación y adaptación activa de tecnologías emergentes en la empresa, así como los procesos de adaptación y mejora de tecnologías a nuevos mercados.
- Aplicación del diseño industrial e ingeniería de producto y proceso para la mejora tecnológica de los mismos.
- Aplicación de un método de producción o suministro nuevo o significativamente mejorado, incluidos los cambios significativos en cuanto a técnicas, equipos y/o programas informáticos.
CARACTERÍSTICAS DEL PROYECTO
- Presupuesto mínimo elegible: 175.000 €.
- Duración: de 9 a 24 meses.
MODALIDAD Y CUANTÍA
Ayuda parcialmente reembolsable.
- Ayuda de hasta el 75% del presupuesto aprobado (hasta al 85% si va cofinanciada con FEDER) .
Tramo no reembolsable (calculado sobre un máximo del 75% del presupuesto aprobado):
- Fondo CDTI: 7%
- Fondo Europeos: 10%
Tipo de interés fijo con dos opciones en función del período de amortización elegido:
- Amortización a 5 años: Euribor a un año +0,50%.
- Amortización a 7 años: Euribor a un año +1%.
Primera amortización de capital al año de la finalización prevista del proyecto.
El CDTI podrá requerir la constitución de garantías para la devolución de la ayuda cuando el análisis económico financiero de la empresa así lo requiera.
En su caso, el CDTI podrá aplicar una minoración o exención de las garantías solicitadas.
Anticipo de hasta el 50% de la ayuda con límite de 300.000 euros, sin exigencia de garantías adicionales a las condiciones financieras aprobadas por el Consejo de Administración, y de hasta el 75% con avales considerados suficientes por el CDTI por la diferencia.
La empresa deberá aportar al menos el 15% del presupuesto del proyecto con recursos propios o financiación externa.
Ayuda sujeta al régimen de minimis.
GASTOS SUBVENCIONABLES
- La adquisición de activos fijos nuevos que suponga un salto tecnológico importante para la empresa que realiza el proyecto.
- Costes de personal.
- Materiales y consumibles.
- Contratación de servicios externos y subcontrataciones.
- Gastos generales. El límite de los gastos generales suplementarios no podrá exceder del 25% de los costes de personal o del 20% de los costes directos de cada operación.
- Costes de auditoría del proyecto.
- Gastos derivados de la obtención de un informe de valoración del cumplimiento del principio de no causar perjuicio significativo al medio ambiente (DNSH).
PLAZO DE SOLICITUD
La presentación de proyectos se podrá realizar de forma continua, ya que la convocatoria está permanentemente abierta.

