Subvenciones para impulsar el crecimiento internacional de pymes españolas que cuenten con un proyecto competitivo a a través de su participación en el programa ICEX Next.
CONCEPTOS SUBVENCIONABLES
- Asesoramiento personalizado: Horas de consultoría especializada por un consultor del programa.
- Gastos de prospección y estudios referidos a mercados internacionales tanto canales online como offline o físicos.
- Gastos de promoción internacional.
- Gastos de desarrollo de red comercial en el exterior.
- Gastos de soluciones tecnológicas para:
- la correcta gestión y evaluación de las actividades de promoción desde la búsqueda hasta el seguimiento de clientes.
- la optimización y digitalización de la operativa exterior.
- Costes del personal interno de la empresa beneficiaria dedicado a tareas del proyecto de internacionalización.
REQUISITOS DE LOS BENEFICIARIOS
a) Ser PYME según definición del Anexo 1 del Reglamento (UE) nº 651/2014de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado. Se excluyen Asociaciones y Fundaciones.
b) Tener producto o servicio propio que pueda ser comercializable internacionalmente y contar con marca propia. En caso de empresas de servicios, éstos deberán prestarse en el exterior.
c) No ser filial comercial o productiva de empresa extranjera.
d) Contar con una facturación superior a 300.000 euros excepto para las empresas de base tecnológica de reciente creación en las que la facturación se reduce a cero. Una empresa de base tecnológica es aquella cuya actividad requiere un uso intensivo de conocimiento científico-técnico y tecnologías para la generación de nuevos productos, procesos o servicios y para la canalización de las iniciativas de investigación, desarrollo e innovación y la transferencia de sus resultados.
e) Las empresas podrán acceder al programa independientemente del porcentaje que suponga la cifra de ventas internacionales sobre la facturación total, dando especial foco, en esta convocatoria, en las empresas que consoliden o impulsen su posición exterior y en la voluntad de incluir a aquellas empresas que por las características de su modelo de negocio deben ser globales desde su inicio.
f) Contar con medios personales y materiales mínimos para abordar su crecimiento internacional, en particular contar con al menos una persona enplantilla que asuma responsabilidades del proyecto internacional y disponer de una web propia.
g) No haber participado en programas de Iniciación de ICEX (PIPE o ICEX Next).
Por otro lado, las empresas que hayan participado en estos programas entre los años 1997 y 2010 y que facturen más de 1.500.000 de euros en el último ejercicio podrán ser beneficiarias del programa.
h) No tener impagos con ICEX.
i) Cumplir los requisitos exigidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
CUANTÍA
La subvención máxima por empresa beneficiaría es de 24.000 euros, correspondiente al 60% de cofinanciación del ICEX de los gastos. Por tanto, la empresa podrá presentar un máximo de 40.000 euros de gasto realizado que se le aplicará el 60%.
CARACTERÍSTICAS
- Procedimiento de concesión: Concurrencia competitiva.
- Resolución: El plazo máximo para notificar la resolución será de 6 meses desde el inicio del procedimiento de selección.
PLAZO
Se podran presentar solicitudes del 4 al 18 de noviembre de 2025, a las 17:00 horas.

