Subvencions.

 

Ayudas de certificación internacional del programa «Mentoring y soporte a la internacionalización de la PYME» (2025)

Abr 28, 2025

El objetivo de esta línea es apoyar a las empresas en la obtención de certificaciones para la comercialización internacional de sus productos y servicios fuera de la UE, a fin de facilitar el acceso a nuevos mercados y/o clientes, así como mejorar el valor añadido de sus exportaciones. 

BENEFICIARIOS

Las entidades beneficiarias deben estar inscritas en el censo IAE. Quedan excluidas aquellas empresas que operen en los sectores de la pesca, la acuicultura, el carbón y la producción primaria de los productos agrícolas que figuran en la lista del Anexo I del TFUE. 

Además, deben disponer de producto o servicio propio que pueda ser comercializable internacionalmente. En el caso de los servicios, éstos deberán prestarse en el exterior. También deben tener una facturación superior a 300.000 euros en el último ejercicio contable cerrado y haber exportado al menos el 5% de la facturación anual acreditada. 

GASTOS SUBVENCIONABLES

a) Gastos de emisión de la certificación.
b) Gastos del registro del producto para su homologación en organismos fuera de la UE.
c) Gastos de consultoría necesarios para llevar a cabo la certificación y/u homologación.
d) Gastos de envío de muestras, de devolución una vez finalizados los ensayos y/o destrucción de las muestras.
e) Gasto de los ensayos de laboratorio (en España o destino).
f) Gastos de los ensayos o de las investigaciones clínicas necesarias para certificar/homologar los productos.
g) Gastos de auditorías, en caso de que sean necesarios y siempre relacionados con el proceso de certificación/homologación.
h) Gastos de renovación/mantenimiento de certificados, aunque tendrán carácter prioritario, en lo que respecta al soporte, las certificaciones de primer año.
i) Gastos de traducción de documentos (p. ej. manuales de instrucciones) necesarios para la obtención de la certificación/homologación subvencionada.

CUANTÍA

El presupuesto asignado a esta convocatoria de ayudas será de  10.500.000 euros. 

La intensidad de la ayuda es del 80% del presupuesto total. Las ayudas máxima por empresa serán las siguientes:   

  • Empresas con facturación entre 300.001 y 1.000.000 de euros: 20.000 euros de ayuda máxima sobre un presupuesto máximo elegible de 25.000 euros.  
  • Empresas con facturación entre 1.000.001 y 5.000.000 de euros: 75.000 euros de ayuda máxima sobre un presupuesto máximo elegible de 93.750 euros.  
  • Empresas con facturación a partir de 5.000.001 €: 150.000 € de ayuda máxima sobre un presupuesto máximo elegible de 187.500 €. 

La inversión mínima correspondiente a los gastos que se consideren subvencionables deberá alcanzar, excluido todo tipo de impuestos, la cuantía de 5.000 euros.

CARACTERÍSTICAS

  • Procedimiento de concesión: Concurrencia no competitiva.
  • Ayuda sujeta al regimen de minimis.
  • Las certificaciones y sus gastos asociados deberán estar ejecutadas y pagadas entre el 1 de enero de 2024 y el 31 de mayo de 2025.

PLAZO

El plazo para la presentación de solicitudes se iniciará el lunes 28 de abril de 2025 y finalizará a las 14:00h del día 23 de mayo de 2025, si bien el plazo podrá acortarse en caso de agotarse el presupuesto.

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