Subvencions.

 

Ayudas a proyectos de producción de baterías del vehículo eléctrico

Jun 23, 2025

El Ministerio de Industria y Turismo ha publicado la Sección A del PERTE VEC IV, destinada a proyectos de producción de baterías del vehículo eléctrico, para el año 2025.

OBJETIVO:

Ejecución de planes de inversión correspondientes a la sección A de baterías del vehículo eléctrico dentro del Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica en el sector del vehículo eléctrico y conectado.

BENEFICIARIOS:

Sociedades con personalidad jurídica propia, debidamente constituidas en España e inscritas en el registro que corresponda, que cuenten con una trayectoria mínima de dos años en el desarrollo de una actividad industrial, no pertenecientes al sector público y encuadradas en alguno de los siguientes sectores:  

  • CNAE-2009 20.1 Fabricación de productos químicos básicos.
  • Dentro de la CNAE 2009 20.30 la fabricación de disolventes y diluyentes orgánicos compuestos.
  • Dentro de la CNAE 2009 20.59 carbón activado, aditivos para aceites lubricantes, aceleradores de vulcanización, catalizadores y otros productos químicos de uso industrial.
  • CNAE-2009 27.1 Fabricación de motores, generadores y transformadores eléctricos y de aparatos de distribución y control eléctrico.
  • CNAE-2009 27.2 Fabricación de pilas y acumuladores eléctricos.
  • Dentro del CNAE 28.92 Fabricación de maquinaria para las industrias ex-tractivas y de la construcción, la fabricación de camiones todoterreno de caja basculante.
  • CNAE-2009 29.1 Fabricación de vehículos a motor
  • CNAE-2009 29.2 Fabricación de carrocerías para vehículos de motor; fabricación de remolques y semirremolques.
  • CNAE-2009 29.3 Fabricación de componentes, piezas y accesorios para vehículos de motor.
  • CNAE-2009 30.91 Fabricación de motocicletas.
  • Dentro de la CNAE 30.92 la fabricación de vehículos motorizados para discapacitados.
  • CNAE-2009 Sección C 38.3 Valorización. Actividades de valorización a es-cala industrial encuadradas en la sección 38.3x de la CNAE 2009, siempre que dispongan en el momento de la solicitud de la correspondiente autorización de gestión de residuos, y el proyecto a realizar se clasifique como perteneciente a las operaciones de valorización: R2, R3, R4, R5 (con exclusión de la limpieza de suelos), R6, R7, R8, R9, R11 y R12 (con exclusión del desmontaje, la clasificación, el secado, el acondiciona-miento, el reenvasado, la combinación o la mezcla), según definiciones establecidas en el anexo II de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.
  • Dentro de la CNAE-2009 Sección C división 24.45 la producción de aleaciones de litio y cobalto.

TIPO DE AYUDA:

Se trata de un préstamo, subvención o combinación de ambas , y cuenta con una dotación de 280.000.000 €, distribuidos de la siguiente manera:

  • 100.000.000 € en subvenciones
  • 180.000.000 € en préstamos

PROYECTOS SUBVENCIONABLES:

  • Producción de baterías destinadas al vehículo eléctrico.
  • Producción de componentes esenciales diseñados y utilizados principalmente como insumo directo para la producción de baterías destinadas al vehículo eléctrico.
  • Producción o recuperación de las materias primas fundamentales conexas necesarias para la producción de baterías y componentes esenciales.

GASTOS SUBVENCIONABLES:

  • Obra civil: inversiones materiales en urbanización y canalizaciones, con exclusión expresa de terrenos.
  • Edificación e instalaciones: inversiones materiales para la adquisición, construcción, ampliación o adecuación de naves industriales, así como de sus instalaciones y equipos no vinculados directamente al proceso productivo.
  • Aparatos y equipos de producción: adquisición de activos fijos materiales vinculados a la producción y a los objetivos del proyecto. Quedan excluidos los elementos de transporte exterior. Los costes de aparatos y equipos de producción deberán suponer al menos un 40% del presupuesto financiable.
  • Activos inmateriales: inversiones en activos inmateriales vinculados a la transferencia de tecnología mediante la adquisición de derechos de patentes, licencias, conocimientos técnicos u otra propiedad intelectual.

PLAZO DE SOLICITUD:

Desde el 07/07/2025 a las 10:00 horas hasta el 17/07/2025 a las 14:00 horas.

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