Subvencions.

 

Subvenciones para la mejora de las infraestructuras de los equipamientos culturales

Jul 3, 2026

Son subvenciones para la mejora de las infraestructuras en equipamientos escénicos y musicales de acuerdo con el Plan de accesibilidad de los equipamientos escénicos y musicales públicos y el Plan de impulso del circo, durante un período bienal.

Modalidades:

  • a. Apoyo a la adecuación y mejora de la accesibilidad a los equipamientos
  • b. Apoyo a la mejora de la seguridad de los artistas y profesionales técnicos de los equipamientos
  • c. Apoyo a la digitalización de los equipamientos y la adquisición de material inventariable en el ámbito de las artes visuales
  • d. Apoyo a la adquisición de material inventariable en el ámbito del circo y su instalación

BENEFICIARIOS

Modalidades a) y b):

Las entidades titulares de equipamientos escénicos y musicales locales del Sistema Público de Equipamientos Escénicos y Musicales de Cataluña (SPEEM): los equipamientos escénicos y musicales locales multifuncionales (E3), los equipamientos escénicos y musicales locales básicos (E2) y los demás espacios escénicos y musicales locales (E1)   ,  de acuerdo   con . Decreto 9/2017, de 31 de enero, del Sistema Público de Equipamientos Escénicos y Musicales de Catalunya.

Los ayuntamientos y otros entes locales de Cataluña que sean titulares del equipamiento o que gestionen programaciones de artes visuales en equipamientos de titularidad pública o privada, que formen parte del Sistema Público de Equipamientos de Artes Visuales de Cataluña o que cumplan los requisitos para integrarse en ellos. Se excluyen los equipamientos nacionales de artes visuales regulados en el artículo 8 del Decreto 60/2020, de 2 de junio.

Las entidades titulares o gestoras de centros de creación artística.

Modalidad c):

Los ayuntamientos y otros entes locales de Cataluña que sean titulares del equipamiento o que gestionen programaciones de artes visuales en equipamientos de titularidad pública o privada, que formen parte del Sistema Público de Equipamientos de Artes Visuales de Cataluña o que cumplan los requisitos para integrarse en ellos. Se excluyen los equipamientos nacionales de artes visuales regulados en el artículo 8 del Decreto 60/2020, de 2 de junio.

Modalidad d):

Las entidades privadas sin ánimo de lucro que desarrollen la actividad en el ámbito del circo.

Las entidades titulares de equipamientos escénicos y musicales locales del Sistema Público de Equipamientos Escénicos y Musicales de Cataluña (SPEEM): los equipamientos escénicos y musicales locales multifuncionales (E3), los equipamientos escénicos y musicales locales básicos (E2) y los demás espacios escénicos y musicales locales (E1)   ,  de acuerdo   con . Decreto 9/2017, de 31 de enero, del Sistema Público de Equipamientos Escénicos y Musicales de Cataluña, que incluyan en su programación estable actividades de circo.

GASTOS SUBVENCIONABLES

Modalidad a):

  • Instalación y adaptación de ascensor
  • Realización de una rampa
  • Espacios en platea para personas con movilidad reducida (con asiento abatible para los acompañantes)
  • Homologación de los montacargas para el uso de personas
  • Nuevas plazas de aparcamiento
  • Pasamanos
  • Franjas guías de encaminamiento
  • Bucle magnético
  • Encimeras accesibles
  • Habilitación de emergencia accesible
  • Señalización
  • Barandillas tipo horquilla
  • Cámara higiénica

En cualquier caso, no son subvencionables los gastos de contratación de la auditoría de accesibilidad ni los proyectos de obras.

Modalidad b) : Son gastos subvencionables la adquisición o instalación de material de seguridad: mosquetones, eslingas, cables, cuerdas, anclajes, polipasto, poleas (poleas), cricas, grillets, asideros de barra, ganchos, trusts y triliteros, Grigri (bloqueador), arneses, giratorios, giratorios, colchones, herramientas de ferretería, viga/vigas, cortafuegos, señalización de emergencia, escaleras de seguridad y plataformas elevadoras.

Modalidad c) : Son gastos subvencionables la adquisición o instalación de cámaras, dispositivos de sonido, mesas de producción de sonido, mesa de realización, monitores, cableado, trípodes, material de iluminación, proyectores o videoproyectores, reproductores digitales, sistemas de sincronización, pantallas de videoproyección y mobiliario diverso ( archivadores…).

Modalidad d):

Son gastos subvencionables la adquisición o instalación del siguiente material:

  • Material de seguridad: mosquetones, eslingas, cables, cuerdas, anclajes, polipasto, poleas (poleas), cricas, grillets, asideros de barra, ganchos, trusts y triliteros, Grigri (bloqueador), arneses (loncha), giratorios, protectores (columnas, cables…), trak.
  • Material técnico de circo: trapecios fijos, trapecios dobles, cuerdas lisas, telas, cintas (straps), estructuras autónomas, espalderas y piquetas.
  • Material escenotécnico: equipos de sonido, foco, cableado, voltios de pista, cortinaje, gradas, domos, yurtas, carpas, lonas, andamios, carretillas de almacenamiento, tarimas, sillas y linóleo.

CUANTÍA

El importe de la subvención para cada solicitud será como máximo de 20.000 euros.

  • En el caso de las modalidades a) y b) se subvencionará hasta el 50%.
  • En el caso de las modalidades c) y d), se subvencionará hasta el 70% del coste del proyecto.

El importe mínimo por solicitud será de 1.000 euros. 

PLAZO

El plazo de presentación de solicitudes va del 7 al 23 de julio de 2026 a las 14:00 h.

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