Objeto:
El Plan MOVES III tiene el objeto de incentivar la movilidad eficiente y sostenible.
Beneficiarios:
- Autónomos o personas físicas que desarrollen actividad económica.
- Personas físicas mayores de edad.
- Personas jurídicas, comunidades de propietarios, administraciones y sector público institucional.
Límites de ayuda por tipo de destinatario:
| Destinatarios últimos | Límite total de ayuda |
| Ordinal 1r. Personas físicas con actividad económica (autónomos) | Lo establecido por el Reglamento de minimis |
| Ordinal 2º. | 1 vehículo por destinatario último y convocatoria |
| Ordinales 3º, 4º y 5º. Comunidades de propietarios, empresas y entidades locales y el sector público institucional | 250 vehículos / destinatario último y año |
| Inversiones directas de la administración autonómica | 250 vehículos / destinatario último y año |
Actuaciones elegibles:
- Línea 1: Adquisición de vehículos eléctricos enchufables y de pila de combustible.
- Línea 2: Implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos.
Dotación presupuestaria:
El presupuesto inicial del programa MOVES III 2025 es de 59,3 M€, de los cuales 34,3 M€ se destinan a la adquisición de vehículos eléctricos y 25 M€ a la instalación de puntos de recarga.
L1 – Adquisición de vehículos: 34.308.376,75 €
L2 – Infraestructura de recarga: 25.000.000,00 €
Características:
- El presupuesto de este programa podrá ser objeto de financiación con el Mecanismo Europeo de Recuperación en la medida en que los programas de incentivos aprobados por este real decreto resulten incluidos en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia que se apruebe por las instituciones europeas competentes.
- Estas ayudas son incompatibles con otras ayudas que pudieran conceder para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración o ente.
- Resolución de otorgamiento desde la presentación de la solicitud con un máximo de 6 meses.
- Plazo por ejecución y justificación de 12 meses, desde que se recibe el otorgamiento.
- Se cobra la ayuda otorgada una vez validada la justificación presentada.
- El período subvencionable comienza el 1 de enero de 2025.
Plazo:
Del 2 de octubre de 2021 a las 9:00 h. hasta que se agote el presupuesto disponible, o, como máximo, el 30 de junio de 2025.
El Programa MOVES III finalizó el 23/01/2025 en vez del 30/06/2025 debido a la derogación del Real Decreto-ley 9/2024. Por tanto, no se podían hacer nuevas solicitudes.
Sin embargo, el 1 de abril de 2025 se ha publicado el nuevo programa MOVES III de 2025. Se pueden presentar solicitudes a partir del día 8 de julio a las 9 h y hasta el 31 de diciembre de 2025 o hasta el agotamiento del presupuesto disponible.

