Financiación a empresas que prestan servicios de alojamiento turístico para la realización de proyectos que permitan adoptar medidas para mejorar la eficiencia energética de instalaciones y equipos y proyectos de actuaciones de economía circular.
BENEFICIARIOS
- Personas físicas empresarias, titulares o explotadoras de establecimientos de alojamiento turístico.
- Personas jurídicas privadas, titulares o explotadoras de establecimientos de alojamiento turístico.
Si dos destinatarios piden la subvención por el mismo proyecto, porque ambos son titulares o gestores del establecimiento, deben indicar en la solicitud qué porcentaje del proyecto asume cada una. La subvención que se otorgue a cada uno se corresponderá con su porcentaje de participación en el proyecto.
ACTUACIONES SUBVENCIONABLES
Las actuaciones subvencionables estarán incluidas en las siguientes tipologías y subtipologías:
- Mejoras en las instalaciones y equipos:
- Equipamiento y electrodomésticos eficientes.
- Autoconsumo con placas solares fotovoltaicas.
- Suelo fotovoltaico con rehabilitación de cubierta.
- Soluciones de almacenamiento energético.
- Medidas para la separación, gestión, reutilización y reciclado de los residuos:
- Actuaciones para la separación de residuos y recogida separada:
- Equipamiento para residuos de la clientela y las personas usuarias.
- Equipamiento para residuos de los procesos de servicio.
- Equipamiento para residuos del mantenimiento y obras del establecimiento.
- Actuaciones para el tratamiento de residuos en el establecimiento:
- Sistemas de seguimiento automático de la generación de residuos orgánicos.
- Equipamiento para el tratamiento de los residuos orgánicos.
- Equipamiento para el aprovechamiento de aceites de cocina.
- Equipamiento para tratamiento de residuos de obras.
- Digitalización, sensorización, automatización y control con sistemas de gestión de edificios:
- Digitalización, automatización y control del sistema de gestión de edificios.
- Sensorización y programas IoT.
CUANTÍA
Se trata de una ayuda a fondo perdida que no puede superar los 500.000 euros por establecimiento.
CARACTERÍSTICAS
- Las actuaciones no se pueden empezar a ejecutar antes de presentar la solicitud de la ayuda y el plazo de ejecución no puede poner en riesgo el objetivo CID 227 (el proyecto debe estar ejecutado y justificado antes del 30 de junio de 2026).
- El plazo máximo para concluir el proyecto es de 6 meses a contar desde la fecha de presentación de la solicitud de ayuda.
- Procedimiento de concesión: Concurrencia no competitiva; es decir, las solicitudes se atenderán por riguroso orden de presentación y hasta que se agote el presupuesto previsto para las ayudas.
- Estas subvenciones son incompatibles con la recepción de otros fondos comunitarios para la ejecución del propio proyecto de inversión.
PLAZO
El plazo para solicitar estas ayudas es del 5 de junio de 2025, a las 09:00 horas, hasta el 31 de julio de 2025, a las 14:00 horas.

