El objeto de la ayuda es el de fomentar la retirada en origen de residuos de materiales de aislamiento y de la construcción que contengan amianto, ubicados en el ámbito territorial de Cataluña, y la correcta gestión de los residuos de amianto.
La finalidad de la subvención es promover y fomentar la retirada de residuos de materiales de aislamiento y de la construcción que contengan amianto, y procurar que ésta se efectúe en condiciones óptimas, con la finalidad última de la mejora ambiental y la minimización del riesgo que este material comporta para la salud pública.
BENEFICIARIOS
Los propietarios de bienes inmuebles que contengan elementos de amianto procedentes de la construcción que impulsen su desamiantaje, sean personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, o comunidades de vecinos.
CUANTÍA
La subvención será de carácter dinerario, con un porcentaje del 100% de las facturas presentadas y un máximo por metro cuadrado de cubierta de amianto según el siguiente escalado:
Importe máximo subvencionable:
- Cubiertas de amianto de hasta 49 m 2 : (2.000 €)
- Cubiertas de amianto de 50 m2 hasta 99 m 2 : (40 €/m 2 )
- Cubiertas de amianto de 100 m2 hasta 499 m 2 : (30 €/m 2 )
- Cubiertas de amianto de 500 m2 hasta 999 m 2 : (25 €/m 2 )
- Cubiertas de amianto a partir de 1000 m 2 : (20 €/m 2 )
Estos importes son para cada actuación subvencionada, según presupuesto de la empresa RERA que efectuará los trabajos de retirada de material de amianto.
El importe de la ayuda incluye la retirada de amianto efectuada por empresas inscritas en el RERA, su transporte, así como la gestión y el tratamiento de los residuos de amianto.
CARACTERÍSTICAS
- Ayuda sometida al régimen de minimis
- El procedimiento de concesión es el de concurrencia pública no competitiva
- Se debe dar publicidad a las subvenciones concedidas con indicación de su importe, objetivo o finalidad y los beneficiarios mediante su exposición en el Tablón de anuncios de la Generalidad de Cataluña y en la web de la Agencia de Residuos de Cataluña.
- El período de ejecución va desde la fecha de presentación de la solicitud hasta 24 meses después de la fecha de resolución de otorgamiento.
- El plazo máximo de justificación será de 27 meses desde la fecha de resolución de otorgamiento.
PLAZO
El plazo para presentar solicitudes empieza el 15 de enero de 2025 hasta agotarse la disponibilidad presupuestaria y en todo caso hasta el 28 de noviembre de 2025.