Subvencions.

 

Ayudas a las empresas del comercio, servicios, artesanía y moda 2025 – Entidades

May 19, 2025

Promocionar e impulsar el sector comercial y de servicios; fomentar la competitividad y la calidad de estos sectores; en el ámbito de la artesanía, con el fin de reactivar e impulsar el sector artesanal y fomentar la competitividad y la calidad de este sector; en el ámbito de la moda para apoyar la red asociativa de este sector.

BENEFICIARIOS

Las personas profesionales autónomas que estén dadas de alta en el régimen especial de los trabajadores y trabajadoras por cuenta propia o autónomos (RETA), las empresas de comercio, servicios y artesanía, dadas de alta en el censo del impuesto de actividades económicas.

Las entidades territoriales, gremios y entidades sectoriales sin ánimo de lucro y las asociaciones de mercados municipales sedentarios y no sedentarios.

Las administraciones locales y sus organismos públicos que estén adscritos o vinculados a las mismas

Se entienden como empresas de servicios a la persona aquellas que prestan las actividades empresariales que se relacionan a continuación:

  • Talleres mecánicos.
  • Servicios fotográficos.
  • Copisterías y artes gráficas.
  • Servicios de reparaciones.
  • Tintorería y lavanderías.
  • Peluquería y salones de estética y belleza.
  • Bares, cafeterías y restaurantes.
  • Servicios de comida preparada y catering.
  • Agencias de viajes minoristas.

Las personas beneficiarias que soliciten la subvención en el marco de los programas que se detallan a continuación deben tener, como mínimo, un establecimiento operativo a pie de calle en Cataluña.

PROGRAMAS

  1. Programa de soporte a las entidades representativas del sector del comercio.
  2. Programa de soporte a la red asociativa de comercio, artesanía y moda.
  3. Programa de soporte para la mejora de la competitividad de los mercados municipales sedentarios y no sedentarios.
  4. Programa de soporte para la apertura, reforma y mejora de establecimientos, incluidas las paradas de los mercados municipales.
  5. Programa de soporte en el proceso de transformación digital de las empresas para el fomento de su crecimiento, su competitividad y la mejora de su grado de madurez digital.
  6. Programa de soporte a los municipios en el ámbito del comercio para la apertura de nuevos establecimientos comerciales y de apoyo a las políticas comerciales globales en los municipios de menos de 10.000 habitantes.
  7. Programa para el crecimiento y competitividad de la empresa artesana.
  8. Programa de apoyo a los municipios en el ámbito de la artesanía.

CARACTERÍSTICAS

  • El pago de la subvención se hará efectivo en una única entrega una vez justificada la ejecución de la actuación subvencionada y realizadas las actuaciones de comprobación necesarias.
  • Procedimiento de concesión: Concurrencia competitiva.
  • Estas ayudas son compatibles con otras ayudas procedentes de otros organismos.

PLAZO

Los trámites telemáticos para solicitar las ayudas abrirán a las 9.00 horas del día 4 de junio de 2025 y cerrarán a las 14.00 horas del día 3 de julio de 2025.

1. Programa de soporte a las entidades representativas del sector del comercio.

BENEFICIARIOS

Las entidades del sector del Comercio, sin ánimo de lucro, que tengan representatividad en todo el territorio de Cataluña, en una provincia o, en el caso de la ciudad de Barcelona, ​​que tengan asociados al menos 15 ejes comerciales; y que dispongan de un Plan de actuación anual, al menos de los últimos 3 años.

ACCIONES SUBVENCIONABLES

  • Acciones derivadas de la coordinación y tutorización de la implementación de las actuaciones de sus asociaciones o empresas asociadas, con el fin de multiplicar su impacto y mejorar la competitividad del sector, además de potenciar el crecimiento empresarial y el mantenimiento del continuo comercial.
  • Proyectos de dinamización comercial a nivel asociativo.
  • Proyectos de transformación digital a nivel asociativo o de soporte a la transformación digital de las asociaciones o empresas de su ámbito.
  • Proyectos de mejora del conocimiento, estudios, bases de datos o informes técnicos que aporten datos del sector y valor añadido de conocimiento.
  • Organización de actividades y formación para prestigiar y desarrollar talento. Talleres, formación, jornadas, tour retails, premios.
  • Fomento de la internacionalización de las empresas asociadas.
  • Acciones para la innovación de las empresas asociadas.
  • Actuaciones para la búsqueda del talento, haciendo especial énfasis en la formación y profesionalización de las trabajadoras y trabajadores actuales del sector o futuros trabajadores y trabajadoras y trabajadoras.

REQUISITOS

  • Inversión mínima subvencionable: 3.000 euros .
  • Existencia de un proyecto que incluya los objetivos a conseguir y los indicadores que se van a utilizar para medir el impacto.
  • Las personas beneficiarias de este programa deben disponer, en el momento de la solicitud, de su plan de actuación anual de, como mínimo, los últimos 3 años.
  • Será necesario que el beneficiario de la actuación se adhiera a todas las campañas de reactivación del sector comercial y de servicios, que se impulsen desde el CCAM.
  • Este programa es incompatible con el Programa 2 de soporte a la red asociativa de comercio, artesanía y moda y con el Programa 3 de apoyo para mejora de la competitividad de los mercados municipales sedentarios y no sedentarios.

CUANTÍA DE LA AYUDA

Hasta el 65% del coste de las acciones subvencionables, con un máximo de 10.000 euros por gastos de gestión y estructura y un máximo total (incluyendo los gastos de gestión y estructura) de 40.000 euros.

  1. Programa de soporte a la red asociativa de comercio, artesanía y moda.

BENEFICIARIOS

Las entidades del sector del comercio, los servicios, la artesanía y la moda:

  • Entidades territoriales sin ánimo de lucro de municipios de 10.000 o más habitantes.
  • Gremios y entidades sectoriales sin ánimo de lucro de municipios de 10.000 o más habitantes.

Se excluyen fundaciones, colegios profesionales y asociaciones de mercados municipales sedentarios y no sedentarios.

Las acciones de apoyo en municipios de menos de 10.000 habitantes deben vehicularse mediante el Programa 6: Programa de apoyo a los municipios en el ámbito del comercio para la apertura de nuevos establecimientos comerciales y de apoyo a las políticas comerciales globales en los municipios de menos de 10.000 habitantes.

ACCIONES SUBVENCIONABLES

Aquellas acciones derivadas de la implementación del Plan de Actuación de la Entidad (PAE).

El PAE debe definir el conjunto de actuaciones previstas, así como los indicadores necesarios para el control y seguimiento de la implementación del Plan.

Estas acciones irán encaminadas a apoyar la revitalización y fortalecimiento del tejido comercial y productivo de sus ámbitos de actuación. Al fomento del crecimiento empresarial y al soporte del mantenimiento del continuo comercial.

Son acciones subvencionables cualquier acción de apoyo a las empresas asociadas para mejorar la competitividad de las empresas asociadas, impulsar su crecimiento fortalecer la solvencia financiera de las empresas, así como acciones a nivel asociativo para promover la estimulación de la demanda, la recuperación, en su caso, del número de personas asociadas, y también aquellas acciones que vayan encaminadas a la logística, además de actuaciones destinadas al fomento del continuo comercial.

REQUISITOS

Que la inversión mínima subvencionable sea de 3.000 euros , excluyendo los gastos de gestión y estructura.
Será necesario que la persona beneficiaria de la actuación se adhiera a todas las campañas de reactivación del sector comercial y de servicios que se impulsen desde el CCAM.
Este programa es incompatible con el Programa 1 de soporte a las entidades representativas del sector del comercio y con el Programa 3 de apoyo para mejora de la competitividad de los mercados municipales sedentarios y no sedentarios.

CUANTÍA DE LA AYUDA

  • En el caso de las entidades territoriales, gremios y entidades sectoriales de ámbito nacional, o de ámbito municipal en el caso de la ciudad de Barcelona , ​​hasta el 65% del coste de las acciones subvencionables, con un máximo de 10.000 euros por gastos de gestión y estructura y un máximo total (incluyendo los gastos de gestión y estructura) de 26.000 euros .
  • En el caso de los gremios y entidades sectoriales de ámbito comarcal o municipal (excluyendo Barcelona ) hasta el 65% del coste de las acciones subvencionables, con un máximo de 5.000 euros por gastos de gestión y estructura, y un máximo total incluyendo los gastos de gestión y estructura) de 12.000 euros.

  1. Programa de apoyo a la red asociativa de los mercados municipales sedentarios y de los mercados de venta no sedentaria de Cataluña

BENEFICIARIOS

Ámbito 1: Asociaciones de mercados municipales sedentarios y no sedentarios de Cataluña de municipios de 10.000 o más habitantes o ámbito supramunicipal.

Las acciones de apoyo a municipios de menos de 10.000 habitantes deben vehicularse mediante el Programa 6: Programa de apoyo a los municipios en el ámbito del comercio para la apertura de nuevos establecimientos comerciales y de apoyo a las políticas comerciales globales en los municipios de menos de 10.000 habitantes.

Ámbito 2: Entes locales y sus organismos públicos que estén adscritos o vinculados de municipios de 10.000 o más habitantes.

ACCIONES SUBVENCIONABLES

Por asociaciones de mercados municipales sedentarios y no sedentarios de Cataluña de municipios de 10.000 o más habitantes o de ámbito supramunicipal:

Ámbito 1: Actuaciones para la dinamización y mejora de la gestión y servicios de los mercados municipales:

Bloque 1: Dinamización y servicios:

  • Actuaciones de promoción, marketing y comunicación.
  • Servicios del mercado.
  • Servicios digitales.
  • Servicios e iniciativas que promuevan prácticas sostenibles.

Bloque 2: Profesionalización de la gestión:

Contratación de expertos.
Programas de formación para vendedores y vendedoras, ayudándoles a adquirir nuevas habilidades y conocimientos que les permitan adaptarse a las nuevas demandas del mercado.
Para entes locales y sus organismos públicos que estén adscritos o vinculados de municipios de 10.000 o más habitantes:

Ámbito 2: Actuaciones para la mejora de la competitividad y la eficiencia de los mercados municipales

  1. Inversiones para la eficiencia de las infraestructuras y servicios:
  • Reformas de espacios para la implantación de nuevos servicios.
  • Diseño accesible.
  • Zonificación.
  • Espacios comunes y polivalentes.
  • Sistemas de refrigeración y conservación.
  • Mejora del transporte.
  • Señalización.
  • Mobiliario y otras tecnologías.
  1. Proyectos innovadores para la mejora de la competitividad de los mercados municipales:

Actuaciones que involucren el desarrollo de nuevas tecnologías, prácticas de gestión innovadoras, proyectos que impliquen el uso de estrategias de comunicación y promoción que apuesten por la creatividad y la diferenciación con el objetivo de dar visibilidad al mercado.

Iniciativas que impulsen la modernización y adaptación de los mercados a las nuevas tendencias de consumo.

Estudios que permitan a los entes locales conocer en profundidad el estado actual de sus mercados municipales, identificar las necesidades de la oferta comercial, de los clientes y explorar nuevas oportunidades de mejora y crecimiento.

REQUISITOS

  • Que la inversión mínima subvencionable sea de 3.000 euros, excluyendo los gastos de gestión y estructura.
  • Sólo se admitirá una solicitud por ámbito de actuación y beneficiario.
  • En el ámbito 2: Existencia de un proyecto que incluya los objetivos a conseguir y los indicadores que se van a utilizar para medir el impacto.
  • Este programa es incompatible con el Programa 1 de soporte a las entidades representativas del sector del comercio y con el Programa 2 de apoyo a la red asociativa


CUANTÍA

  • Ámbito 1: Hasta el 65% del coste de las acciones subvencionables con un máximo de 5.000 euros por gastos de gestión y estructura y un máximo total (incluyendo gastos de gestión y estructura) de 20.000 euros.
  • Ámbito 2: Hasta el 50% del coste de las acciones subvencionables con un máximo de 10.000 euros (en ningún caso se pagarán gastos de gestión y estructura de los entes locales o sus organismos públicos).

  1. Programa de soporte a los municipios en el ámbito del comercio para la apertura de nuevos establecimientos comerciales y de apoyo a las políticas comerciales globales en los municipios de menos de 10.000 habitantes

BENEFICIARIOS

  • Ámbitos 1 y 2: Ayuntamientos y sus organismos públicos que estén adscritos o vinculados, entidades municipales descentralizadas, mancomunidades y consejos comarcales.
  • Ámbito 3: Ayuntamientos y sus organismos públicos que estén adscritos o vinculados, de municipios de menos de 10.000 habitantes.

ACCIONES SUBVENCIONABLES

Ámbito 1: Definición del proyecto de apoyo a los municipios para la apertura de establecimientos comerciales.

  • Plan estratégico. Diagnóstico comercial del municipio.
  • Definición de la estrategia para la apertura de establecimientos comerciales en la zona definida.

Ámbito 2: implementación del proyecto de soporte a los municipios para la apertura de establecimientos comerciales.

Seguimiento del proyecto e implementación.
Ámbito 3: Apoyo a las políticas comerciales globales en los municipios de menos de 10.000 habitantes.

  • Actuaciones para la dinamización y promoción del comercio y la artesanía local que tengan como objetivo apoyar la revitalización y fortalecimiento del tejido comercial, el fomento del crecimiento empresarial y el apoyo del mantenimiento del continuo comercial.

Son acciones subvencionables las actuaciones de apoyo a las asociaciones y/oa las empresas comerciales, artesanales y de servicios del territorio para mejorar su competitividad, también aquellas actuaciones que tengan como objetivo impulsar el crecimiento y fortalecer la solvencia financiera de las empresas, la creación de nuevos modelos de gestión, así como acciones a nivel municipal para promover la estimulación de la demanda y/o talento, mejorar el conocimiento de los oficios artesanos a través de formación, el relevo generacional, y las actuaciones destinadas al fomento del continuo comercial, de la actividad artesanal y al fomento de la economía circular y la sostenibilidad del comercio.

REQUISITOS

  • Que la inversión mínima subvencionable sea de 3000 euros.

En el ámbito 2: implementación del proyecto de soporte para la apertura de establecimientos comerciales

  • Este programa es compatible con el ámbito 1 del Programa de apoyo a los municipios en el ámbito de la artesanía, cuando se trate de proyectos distintos.

En el ámbito 3: soporte a las políticas comerciales globales en los municipios de menos de 10.000 habitantes.

  • En caso de que exista una asociación de comerciantes o de artesanía en el municipio, ésta debe participar en las
    actuaciones mediante la firma de un acuerdo de colaboración con el ente local, garantizando sus apoyo a las
    actuaciones desarrolladas y siendo su agente ejecutor en la medida de sus posibilidades.
  • En aquellos municipios en los que haya más de una asociación de comerciantes o de artesanía, será el ente local que decidirá si quiere establecer acuerdos con una o con todas las asociaciones del ámbito.

GASTOS SUBVENCIONABLES

Ámbito 1: definición del proyecto de apoyo a los municipios para la apertura de nuevos establecimientos comerciales:

  • Gastos externos relacionados con el diagnóstico comercial y/o la definición de la estrategia.

Ámbito 2: implementación del proyecto de apoyo a los municipios para la apertura de nuevos establecimientos comerciales:

  • Gastos externos realizados para la implementación de las actuaciones definidas en el plan correspondiente.
  • Gastos de difusión y publicidad.

Ámbito 3: Apoyo a las políticas comerciales globales en los municipios de menos de 10.000 habitantes

  • Gastos externos del ente local para las actuaciones de apoyo a las asociaciones de comerciantes, artesanos y/oa las empresas comerciales y de servicios del territorio para mejorar su competitividad.
  • Gastos externos para las actuaciones que tengan como objetivo impulsar el crecimiento de las empresas comerciales, fortalecer su solvencia financiera y/o la creación de nuevos modelos de gestión.
  • Gastos externos para promover la estimulación de la demanda y/o de la oferta, la transformación digital del sector del comercio y el artesanal, la formación y capacitación del talento, y/o el relevo generacional.
  • Gastos externos destinados al fomento del continuo comercial.
  • Gastos externos para el fomento de la economía circular y la sostenibilidad del sector del comercio.
  • Gastos de gestión y estructura de la asociación/asociaciones de comerciantes y artesanos, si éstas son el agente ejecutor de las políticas comerciales definidas por el ente local, hasta un importe máximo de 5.000 euros. En ningún caso se pagarán gastos de gestión y estructura de los entes locales o sus organismos públicos.

CUANTÍA DE LA AYUDA

Ámbito 1: definición del proyecto de apoyo a los municipios para la apertura de nuevos establecimientos comerciales
Hasta el 50% del gasto subvencionable con un máximo de 7.000 euros.

Ámbito 2: implementación del proyecto de apoyo a los municipios para la apertura de nuevos establecimientos comerciales
Hasta el 50% del gasto subvencionable con un máximo de 10.000 euros.

Ámbito 3: Apoyo a las políticas comerciales globales en los municipios de menos de 10.000 habitantes
Hasta el 50% del gasto subvencionable, con un máximo de 20.000 euros (este total máximo de 20.000 euros podrá incluir hasta un máximo de 5.000 euros, de gastos de gestión y estructura de la asociación/asociaciones de comerciantes, si éstas son el agente ejecutor de las políticas comerciales definidas por el ente local).

  1. Programa de apoyo a los municipios en el ámbito de la artesanía

BENEFICIARIOS

Pueden ser personas beneficiarias los entes locales y sus organismos públicos que estén adscritos o vinculados, entidades municipales descentralizadas, mancomunidades y consejos comarcales.

ACCIONES SUBVENCIONABLES

Ámbito 1 : Apoyo a los municipios por la recuperación de los locales vacíos mediante actividades artesanas.

Ámbito 2: Apoyo a los municipios para la notoriedad de las ferias y ferias-mercado de Artesanía y para la dinamización de los museos y centros de interpretación vinculados a oficios artesanos.

REQUISITOS

Ámbito 1: apoyo a los municipios por la recuperación de los locales vacíos mediante actividades artesanas. La inversión mínima subvencionable será de 3.000,00 euros.

Este ámbito es compatible con el Programa de apoyo a los municipios en el ámbito del comercio, cuando se trate de proyectos distintos.

Ámbito 2: apoyo a los municipios para la notoriedad de las ferias y ferias-mercado de Artesanía y para la dinamización de los museos y centros de interpretación en relación con la artesanía.

En el caso de ferias:

  • La entidad solicitante debe ser el organizador de la feria o feria-mercado.
  • Carácter artesano, monográfico o multisectorial, de la feria o feria-mercado
  • Los expositores y expositoras deben disponer del carné de artesano/a, y en su caso, el distintivo de producto D’A.
  • La feria o feria-mercado debe estar registrada en el registro de actividades feriales del Departamento de Empresa y Trabajo.

En el caso de museos y centros de interpretación:

  • Las actividades a desarrollar deben corresponder al perfil de actuación del museo o centro y estar vinculados a oficios incluidos en el Repertorio de familias de oficios artesanos.

GASTOS SUBVENCIONABLES

Ámbito 1: apoyo a los municipios por la recuperación de los locales vacíos mediante actividades artesanas. Gastos subvencionables:

  • Plan estratégico y diagnosis de la zona a recuperar del municipio.
  • Definición de la estrategia para la apertura de locales en la zona definida.
  • Seguimiento del proyecto e implementación (excluido el alquiler de locales).

Ámbito 2: apoyo a los municipios para la notoriedad de las ferias y ferias-mercado de Artesanía y la dinamización de los museos y centros de interpretación. Gastos subvencionables:

  • Gastos de cursos, conferencias, exposiciones, demostraciones de oficio, talleres infantiles, concursos.
  • Gastos de difusión y publicidad.

Quedan excluidas las actividades de animación; las necesidades logísticas no vinculadas directamente a las actividades divulgativas y sueldos y salarios.

CUANTÍA DE LA AYUDA

Para ambos ámbitos, hasta el 50% del gasto subvencionable, con un máximo de 6.000 euros.

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