Subvenciones públicas para financiar Programas de formación profesionalizadora dirigidas a las empresas para formar a sus trabajadores, que promueve el Consorcio para la Formación Continua de Cataluña.
BENEFICIARIOS
- Las empresas privadas y personas trabajadoras autónomas que tengan personas trabajadoras contratadas.
- Las organizaciones empresariales y sindicales más representativas o representativas de los sectores correspondientes a Cataluña, así como otras organizaciones empresariales sectoriales o territoriales debidamente registradas. En estos casos, deben presentar un plan de formación dirigido a empresas de menos de 50 personas trabajadoras que representen y que hayan manifestado por escrito su adhesión al plan.
ACTUACIONES SUBVENCIONABLES
Se subvencionan programas de formación profesionalizadora dirigidos a trabajadores empleados de la empresa.
Las acciones formativas pueden ser:
- Formaciones incluidas en el Catálogo de Especialidades Formativas del Consorcio.
- Formaciones diseñadas específicamente “ A Medida” por la empresa, adaptadas a sus necesidades productivas, tecnológicas u organizativas.
En el caso de formación diseñada A Medida, la duración de cada acción debe estar comprendida, con carácter general, entre 6 y 80 horas. La formación debe asignarse a una familia y área profesional, ya que esta clasificación determina el módulo económico aplicable.
Por tanto, pueden encajar formaciones muy diversas: digitalización, IA, ERP, procesos productivos, calidad, mantenimiento, logística, competencias comerciales, gestión, sostenibilidad, nuevas tecnologías, etc., siempre que se justifique adecuadamente su vinculación con las necesidades formativas de la empresa.
CUANTÍA
La subvención se calcula mediante módulos económicos , principalmente según: horas de formación × número de participantes × módulo €/hora/alumno aplicable
El módulo varía en función de la familia/área profesional y de la modalidad de formación. En teleformación, por ejemplo, el módulo indicado es de 7,50 €/hora y participante , mientras que los módulos presenciales varían según el área profesional.
Límites:
| Línea | Ayuda mínima | Ayuda máxima |
|---|---|---|
| Línea A | 10.000 € | 200.000 € |
| Línea B | 30.000 € | 300.000 € |
CARACTERÍSTICAS
- Periodo de ejecución: la formación se inicia una vez resuelta la concesión y el plazo máximo de ejecución alcanza, con carácter general, hasta el 31 de diciembre de 2027.
- La Línea A está sujeta al Reglamento (UE) 2023/2831 de minimis. Esto implica, con carácter general, un límite acumulado de 300.000 € de ayudas de minimis durante cualquier período de 3 años por empresa única.
- Pago: se prevé un pago anticipado del 80% de la subvención concedida, sin necesidad de garantías, y el pago restante después de la justificación y verificación de la actuación.
- Presupuesto total de la convocatoria: 3.000.000€.
PLAZO
El plazo de presentación de solicitudes de los programas de formación es de las 9 h del 2 de octubre de 2026 a las 14 h del 16 de octubre de 2026 .

